sábado, 17 de septiembre de 2016

¿Vulnera los derechos humanos la Instrucción 7/2016 de la SES del Ministerio del Interior?

Todo jurista sabe que la normativa europea es norma de obligado cumplimiento en los estados de la UE, sobre todo si tienen la calificación de directiva.

Todo jurista, sabe que ahora es más importante lo políticamente, periodísticamente y socialmente correcto, que lo simplemente correcto.

Hace ahora un año, se aprobaba por la UE la Directiva (UE) 2016/343 en la que se prohíbe a las autoridades públicas y medios referirse a las personas, tanto físicas como jurídicas, acusadas de un delito, como culpables o presuntos culpables en cualquier actuación oficial o extraoficial, hasta tanto no haya recaído una sentencia, que así lo declare.

Recientemente la Secretaria de Estado de Seguridad, y con la colaboración, entre otros del Observatorio contra la Violencia doméstica y de género del CGPJ, ha publicado una Instrucción policial sin rango de ley, en particular la Instrucción 7/2016 en la que se establece un nuevo protocolo para la valoración policial del nivel de riesgo de violencia de género (Ley Orgánica 1/2004) y de gestión de la seguridad de las víctimas de malos tratos, en la que directamente se está vulnerando la aplicación, no sólo ya de la Directiva de la UE, sino incluso Convenios Internacionales e incluso la propia constitución española.

Se supone que en nuestro país, hasta un terrorista tiene derecho a la presunción de inocencia hasta que un tribunal, declara su culpabilidad en un proceso con todas las garantías.

Pero este principio, se quebró en 2004 con la LO 1/2004 y con las reformas del Código Penal y LO del Poder Judicial.

La reciente reunión en Eslovenia de los gobiernos de los estados de la UE, para planificar una nueva Europa, nos da pistas hacia dónde vamos. Todos los representantes políticos, hablan de una Europa más segura y económicamente más estable. Ninguna referencia a una Europa de las personas.

Y eso es lo que nos espera: Europa dicta directivas sobre derechos humanos como la referida en este artículo, mientras los estados miembros, como España, dicta instrucciones que las vulneran y, ninguna formación política hace nada para evitarlo. Incluso los medios y periodistas cómplices de esta forma de entender el mundo, contribuyen a diario a hacer creer a la ciudadanía, que no pasa nada.

Estamos tan ocupados en “luchar” contra la corrupción, la búsqueda de más seguridad, la estabilidad económica, que se nos olvida que, por la puerta de atrás, se están institucionalizando la vulneración de Derechos Humanos con normas que no están refrendadas por parlamento alguno (como la Instrucción de la SES 7/2016) en la que se vulneran derechos reconocidos universalmente, y más grave aún, la propia normativa europea de DDHH. Mucho más grave, es que el Consejo General del Poder Judicial apoye dicha instrucción de la SES, en un claro ejemplo de connivencia entre poder judicial y poder policial, en una cosa: institucionalizar y normalizar la vulneración de derechos humanos, en una actitud que mucho nos recuerda a la de muchos estados totalitarios del pasado.

Si no hacemos nada ahora para parar estos actos tan oprobios, ¿quién los va a parar más adelante, cuando sigan elaborando normas no parlamentarias que vulneren otros derechos?

En mi opinión, cuando una persona es detenida o declarada como persona investigada (imputado) en un proceso penal en el que se haya aplicado la Instrucción 7/2016, los abogados tendríamos la obligación de denunciar este hecho, como vulneración del derechos humano y constitucional a la presunción de inocencia, y abrir el debate jurídico sobre el atropello de los derechos que significa la aplicación a un ciudadano de dicha Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Piensa:

“Mañana, puedes ser tú o
tu amigo, o
tu hermano, o
tu padre, 0
tu pareja…”.

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